La Ley de Eficiencia sigue sin usar la potencia profesional de la procura

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04.04.2025. La nueva Ley de Eficiencia de la Justicia mantiene el papel de los procuradores gallegos y del resto de España muy por debajo del nivel de competencias de los países de nuestro entorno, como Portugal o Francia. La ley establece que las procuradoras y los procuradores pueden ejercer el acceso a competencias jurisdiccionales de ejecución que hasta ahora sólo le correspondían a la magistratura y, por delegación, a otros funcionarios públicos, pero no se clarifica un método ágil que garantice esta nueva competencia.

La Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia indica que, para que los procuradores podamos realizar competencias de ejecución de sentencias, se requiera de un consentimiento informado por parte del cliente, una circunstancia que en las delegaciones que efectuaba el letrado de administración de justicia (LAJ) no existía y que ahora se introduce como una exigencia nueva que supondrá un esfuerzo añadido.

“Por delegación del juez, jueza o tribunal, podrán también realizar las actuaciones materiales propias del proceso de ejecución en los términos establecidos legalmente que, en todo caso, excluirán las ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual, así como las derivadas de procesos en materia de familia, las de desahucio por impago de rentas o cantidades debidas en viviendas habituales y los lanzamientos de ocupantes de finca con posterioridad a la subasta de la misma si esta es vivienda habitual”, indica el apartado 2 del artículo 543 de la Ley.

“La Ley le asigna a la procura parte de las ansiadas competencias de ejecución, que ya son una realidad en otros países, como Portugal, y que se traducen en una justicia más ágil y de mayor calidad. Ahora queda por ver qué pasará con su puesta en práctica, ya que requerir un consentimiento informado puede complicar, más que facilitar, estas actividades delegadas a los profesionales”, señala el presidente del Consello Galego dos Procuradores.

Procuradoras y procuradores llevan años solicitando del Estado que, para resolver el problema estructural del atasco y la lentitud de la justicia, es preciso aprovechar toda la potencia profesional de la procura, otorgándole competencias que permitan su agilización. La capacidad para agilizar las notificaciones, los embargos o la ejecución de sentencias permitiría que los procuradores ganasen en protagonismo y que la justicia redujera drásticamente sus cifras de incremento de asuntos en trámite y sin resolver.

Portugal es el ejemplo más próximo. Desde la introducción de la figura del procurador ejecutivo (en el año 2000) los juzgados portugueses han logrado reducir la congestión a la mitad, mientras que Galicia y España han duplicado el número de asuntos atascados en los juzgados.

Galicia: 45 tribunales de instancia

La nueva Ley de Eficiencia también incide en la reorganización de los juzgados. En Galicia los órganos judiciales y juzgados de paz se convierten en 45 tribunales de instancia y 268 oficinas de justicia, respectivamente. En las siete ciudades gallegas se establecen secciones especializadas y las respectivas presidencias de sección de Instancia y de Instrucción en Vigo y A Coruña.

Los juzgados de Violencia de Género pasan a atender también los delitos de violencia sexual, una medida que, según estima el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), incrementará la carga de estos órganos en un 18%. Para evitar la sobrecarga que esto pueda causar, se hace necesaria la creación de nuevas plazas de jueces, y no la transformación de juzgados.

La ley tiene como objetivos principales la mejora de la eficiencia y la accesibilidad del sistema judicial y reforzar su transparencia. También busca el fomento de los Medios Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) y promueve el uso de estas herramientas en los ámbitos civil y mercantil, con el fin de descongestionar los tribunales y ofrecer soluciones más ágiles a la ciudadanía.

Fotografía: Punto GA-M.Riopa.